ASNEF (siglas de Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) fue creada en 1957.
Se trata de una asociación en la que se gestiona un fichero en el que están reflejados los impagos de empresas o particulares. En pocas palabras: un archivo de morosos.
Para registrar cualquier impago en este fichero, es preciso ser miembro de la asociación. Estas son las entidades que forman parte de ella:
Lo cierto es que para estar en este fichero tampoco es necesario tener una gran deuda. Basta con que haya un impago en cosas como la factura del móvil o tener un requerimiento de cantidades tan bajas como cincuenta céntimos de Euro. Lo cierto es que no hay ningún límite. Basta con que la empresa que quiera cobrar denuncie el caso a ASNEF o a Equifax, la empresa multinacional encargada de explotar los datos proporcionados por esta asociación.
La ley dicta que todo aquel que haya sido incluido en el fichero de deudores ASNEF debe ser avisado en un máximo de 30 días. Entonces el deudor tendrá un plazo de 30 días para abonar el importe de la deuda; si lo hace, será eliminado del fichero en 10 días.
En el caso de que el importe de la deuda no sea pagado en ese plazo de tiempo, el deudor será declarado como moroso durante 6 años. Si después del plazo de 30 días el deudor paga el importe que debe, será él mismo quien tenga que avisar a ambas asociaciones (ASNEF y Equifax), aportando las pruebas del pago.
Aunque tengan dudas, muchos clientes prefieren pagar en ese plazo inicial y reclamar después para no arriesgarse a quedar como moroso durante 6 años. Este fichero es consultado por distintas entidades y empresas (especialmente antes de hacer un préstamo), quedando en entredicho la reputación financiera del deudor.
No obstante, al haber hoy en día soluciones financieras y asociaciones alternativas que ignoran el archivo ASNEF, alguien que esté en este fichero tiene igualmente alternativas de conseguir un préstamo. No es descabellado que no hagan caso de ASNEF, pues muchas veces se trata de cosas como impagos de recibos telefónicos con los que no se está de acuerdo y que a veces incluso son a causa de un fallo de la empresa emisora. En otras palabras, al contrario que pasa con otros ficheros de este tipo, en este cabe la posibilidad de que haya sido por un caso injusto.
Lo cierto es que no es necesario que la deuda esté reconocida. Tanto empresas como particulares pueden entrar en esta lista de morosos hayan reconocido o no la deuda contraída. Si hay una factura emitida y no abonada, no se entra en más consideraciones.